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¿Cuánto se paga a Hacienda por invertir en acciones?

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Voy a abordar un supuesto práctico donde un residente Español, tributa a Hacienda en nuestro país en su declaración de la renta en concepto de IRPF por los dividendos y las ganancias derivadas de la venta de sus acciones.

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Javier es una persona de 30 años, vive en su vivienda habitual sin hipoteca y es soltero.

Este no obtiene ninguna renta por trabajo, su única fuente de ingresos es a través de los rendimientos del capital mobiliario (dividendos) y de las ganancias patrimoniales de las acciones.(Comprando y vendiendo acciones)

Este supuesto es para evitar las diferentes casuísticas derivadas de tener familia, ascendientes, descendientes, discapacidad, hipoteca entre otras, evitando así la base liquidable general y solo tenga la base imponible del ahorro derivada del producto que estoy estudiando cómo os he indicado en los otros artículos relacionados con este.

Es decir, Javier no tiene una base liquidable general solo base liquidable del ahorro.

Bueno, comenzamos con el supuesto:

Javier adquiere a comienzos de 2018, un total de  20 000 acciones a 0,9995€ cada una por tanto son 19 990€ y unos gastos de adquisición que cobró su bróker de 2,00€ (fijo) + 0,05% (variable) con un máximo de 10€.

Por tanto, el valor de adquisición de este activo sería 19 990€ a los cuales sumo los gastos de adquisición que serían 10€, por lo que el valor total serían 20 000€.

Estas acciones son adquiridas sobre una empresa nacional y que cotiza en nuestro mercado (es decir, de España), para evitar otros supuestos derivados de la doble imposición.

Durante 2018 recibe unos dividendos de 0,05€ por acción por tanto sería un ingreso bruto de 1000€ de los cuales Javier ha obtenido un ingreso neto de 810€ porque su bróker le retuvo el 19% correspondiente en concepto de retenciones a cuenta (cantidad 190€)

Posteriormente al cobro de dichos dividendos, dichas acciones se revalorizan (incrementan el valor de mercado) y Javier decide venderlas a 3,0005€ la acción, antes del 31 de diciembre de 2018.

Por lo que el ingreso de la transmisión bruto es de 60 010€ de los cuales quito las comisiones de venta del bróker obteniendo un valor neto por la venta de 60 000€.

Para calcular las ganancias o pérdidas patrimoniales le resto al valor de la transmisión, tanto los gastos de transmisión que ha tenido Javier  a cargo como el valor de adquisición y los gastos inherentes a este, lo que nos da la cifra de 60 000€-20000€= 40 000€

Por tanto, llegamos a la conclusión:

Rendimientos Íntegros del Capital Mobiliario >> 1000€

Ganancias Patrimoniales >> 40 000€

Esta sería la tabla que usaríamos tanto para la cuota estatal como para la autonómica como se indica en los Art. 66 y 76 LIRPF

Cálculos de la Cuota Diferencial a tributar ya que al superar los estipulado por Art.96 LIFPF está obligado a declarar:

+Rendimientos Íntegros Capital Mobiliario  1 000€
+Ganancias y Pérdidas Patrimoniales40 000€
Base Liquidable del Ahorro (BLA) :41 000€
Cuota integra Estatal Se le aplica a la BLA al primer tramo de hasta 6000€ el 9,5% que serían los 570€ y al resto que serían 35 000€ el 10,5% siendo este 3675€  4 245€
Cuota integra Autonómica Se le aplica a la BLA al primer tramo de hasta 6000€ el 9,5% que serían los 570€ y al resto que serían 35 000€ el 10,5% siendo este 3675€  4 245€
Cuota integra:8 490€
-Mínimo personal y familiar (Art.57 LIRPF) (5550€ * 0,19= 1054,50€)-1054, 50€
-Retenciones y pagos a cuenta-190€
Cuota Diferencial7245,50€

A nuestro contribuyente Javier  por todos los conceptos que he ido abordando a lo largo de la explicación, debería de abonar unos impuestos de 7245,50€, pero en realidad estaría abonando un total de 7 435,50 € (debido a las retenciones practicadas antes) por lo que podemos llegar a observar  que su beneficio neto sería de 33 564,50€.

En otras palabras, con la operación realizada por Javier que le genera 40 000€ derivados de vender sus acciones a un precio mayor del pagado por ellas y otros 1000€ por dividendos de las mismas, Hacienda se queda con un total de 7 435,50€ por lo que al final gana después de impuestos:

33 564, 50€

Por lo que sacamos en claro que a parte de deducir que Javier es un gran inversor bursátil y que ha realizado una muy buena operación financiera.

Lo que buscaba transmitir con este artículo era de una forma cercana y sencilla como funciona el impuesto de la renta de las personas físicas en inversores particulares, es decir en gente de a pie, como tú o como yo.

Porque en la Bolsa no solo hay que observar cada operación buscando la estrategía óptima para rentabilizar la inversión, si no que también hay que tener en cuenta factores como la fiscalidad.

Hay impuestos en cada operación que hagamos así que debemos ser conscientes para evitar futuros quebraderos de cabeza y para poder realizar las operaciones más rentables tanto en el ámbito bursátil como en el fiscal.

Si no habeís visitado estos otros artículos os lo recomiendo para comprender la base más teórica de este artículo:


Fuentes de información visitadas:

Tributación de Acciones en España: